Buenos dias . tengo unos activos fijos que compre en junio del 2011 y los voy a pagar en junio 2012, los puedo depreciar en el 2011 aunque no halla pagado
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18/Nov/11 12:57
Re: depreciacion
hola.
Efectivamente la ley de ISR te dice que empezarás a depreciar por meses completos de uso:
art 37 5o párrafo de ISR:
Las inversiones empezarán a deducirse, a elección del contribuyente, a partir del ejercicio en que se inicie la utilización de los bienes o desde el ejercicio siguiente. El contribuyente podrá no iniciar la deducción de las inversiones para efectos fiscales, a partir de que se inicien los plazos a que se refiere este párrafo. En este último caso, podrá hacerlo con posterioridad, perdiendo el derecho a deducir las cantidades correspondientes a los ejercicios transcurridos desde que pudo efectuar la deducción conforme a este artículo y hasta que inicie la misma, calculadas aplicando los por cientos máximos autorizados por esta Ley.
Ahora para IETU e IVA, como hiciste para recibir esas inversiones sin haberlas pagado, es a plazos o es por medio de un título de crédito??