SOY PERSONA MORAL QUE SE DEDICA A LA COMPRA VENTA DE PRODUCTOS QUÍMICOS, MIS PROVEEDORES ME DESGLOSAN EL IEPS, PERO MIS CLIENTES SON CONSUMIDORES FINALES, MI DUDA ES SI YO TENGO QUE DESGLOSAR EL IEPS EN LA FACTURA O INCLUYO EL VALOR DE ESTE EN EL COSTO DEL PRODUCTO Y LLEVAR EL CONTROL DEL IEPS COBRADO POR SEPARADO.
Para el caso de solicitar factura con IEPS separado de acuerdo con la regla I.5.2.1 deberá identificarse que es causante del IEPS con su CIF
Es decir si el contribuyente que recibe el bien o el servicio no solicita factura con desgloce de IEPS no se esta obligado a separarlo, salvo en aquellos casos en que la misma ley obligue a que si sea manejado en forma expresa y por separado