Buenas Tardes! Actualmente en la empresa donde estoy laborando se va dar de alta un empleado donde este empleado ya esta dado de alta en otra empresa del grupo. Para la retención del ISR y IMSS que consideraciones se deben de tomar en cuenta?.
Las consideraciones que deben proseguirse son las siguientes:
1) Realizarle sus retenciones conforme a los principios de art 31 F-IV CPEUM, equidad y proporcionalidad.
2) En materia de seguridad social, el patrón deberá cumplir con las obligaciones conferidas en los artículos 15 LSS y 29 de LINFONAVIT
5¡3) y en relación a las obligaciones enumeradas en la LISR en su numeral 98
Saludos cordiales,
enrique9727
¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate.
Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
Hay que recordar que cuando un empleado presta sus servicios a dos o mas patrones, el trabajador deberá comunicar por escrito de acuerdo al 6to párrafo del articulo décimo del Subsidio para el empleo esta situación antes de que se efectúe el primer pago del año de que se trate. Puesto que de no ser así se estaría aplicando un doble beneficio a un mismo contribuyente. esta disposición esta también contenida en el articulo 98 Fr IV de LISR, que cito el compañero Enrique.
Para el caso del IMSS puede aplicarse un beneficio considerado en el ART 33 de la misma ley que señala que pueden pagarse las cuotas de manera proporcional
En relación a lo que comento el compañero Enrique y solo como un dato adicional aquí les dejo un documento que habla de ese Art 31 FR IV