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17/Nov/17 09:51
Duda en Decreto de pago de colegiaturas particulares

Buenos días a todos los foristas

Mi duda es la siguiente

el decreto que refiere al pago de colegiaturas en escuelas particulares para deducción en declaración anual hace mención a 'efectuados por el contribuyente para sí, para su cónyuge o para la persona con quien viva en concubinato y para sus ascendientes o sus descendientes en línea recta, siempre que el cónyuge, concubino, ascendiente o descendiente'

Mi pregunta es en el caso de que no sean hijos míos es decir hijos de mi segunda esposa pero son dependientes económicos míos, podría yo deducir esos pagos?


Agradezco sus comentarios
 
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oziel
Capitán Segundo

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17/Nov/17 12:51
Re: Duda en Decreto de pago de colegiaturas particulares

Buen día:

¿Son niños adoptados por el contribuyente?

El artículo 396 del Código Civil Federal, dispone lo siguiente:

Artículo 396.- El adoptado tendrá para con la persona o personas que lo adopten los mismos derechos y obligaciones que tiene un hijo.

Saludos
 

 
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a_cano
Teniente Coronel

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17/Nov/17 13:45
Re: Duda en Decreto de pago de colegiaturas particulares

Gracias a_cano con este artículo me queda mas claro el panorama, todos los días se aprende algo nuevo.

Hasta donde se, no se tiene acta de adopción, pero me quedaba la duda si por el terreno civil o familiar se podría interponer algún recurso.

estamos en contacto
 
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oziel
Capitán Segundo

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