19/Sep/18 11:41
Re: ¿Facturas de Estados Unidos?
Para la
deducción de gastos, invariablemente deberás contar con el comprobante fiscal que ampare el acto. Ahora bien, si consideramos que los extranjeros no están obligados a aplicar las normas mexicanas, dicho comprobante debe emitirse conforme a la ley extranjera. No obstante el comprobante podrá reunir los requisitos de la regla 2.7.1.16. de la RMISC
Para los efectos de los artículos 29, antepenúltimo párrafo y 29-A último párrafo del CFF, los contribuyentes que pretendan deducir o acreditar fiscalmente con base en comprobantes emitidos por residentes en el extranjero sin establecimiento permanente en México, podrán utilizar dichos comprobantes siempre que contengan los siguientes requisitos:
•Nombre, denominación o razón social; domicilio y, en su caso, número de identificación fiscal, o su equivalente, de quien lo expide.
•Lugar y fecha de expedición.
•Clave en el RFC de la persona a favor de quien se expida o, en su defecto, nombre, denominación o razón social de dicha persona.
•Los requisitos establecidos en el artículo 29-A, fracción V, primer párrafo del CFF.
•Valor unitario consignado en número e importe total consignado en número o letra.
'Quienes se creen extremadamente inteligentes son tontos con complejos reprimidos'. Claudia Cardinale