24/Mar/20 19:52
Suspension labores COVIT?
Buenas tardes.
Las autoridades de salud han comentado mediante TV en cadena nacional que La Jornada Nacional de Sana Distancia, consiste entre otros puntos, el siguiente:
4. Suspender temporalmente actividades laborales que involucren la movilización de personas en todos los sectores de la sociedad.
¿Qué significa ese punto? Por que se podría interpretar que ya se deben suspender labores en los centros de trabajo ¿o cuál es la interpretación correcta?
Esto por lo que ya han comentado sobre que a partir de que se declare la contingencia sanitaria se paran labores, entraría lo del tema del pago de un salario mínimo diario como indemnización hasta por 30 días.
Saludos.