buna tarde, disculpe que los moleste con una duda que me intriga y espero me pueda aclarar si no es mucha molestia, no pude darle de alta a unos trabajadores con fecha en la que entraron a trabajar asi que voy a pagar mis cuotas obrero patronales con fecha en la que entraron pero les di de alta 15 dias depues por que el sistema del idse no ya no me permitia darle de alta con un mes posterior la pregunta es cree uste que me ocacione una multa si genero el pago en el sua con la fecha en entraron a trabajr aun que la el acuse de alta aya sido aceptada 15 dias depues?
Ley del Seguro Social Federal
Artículo 304 A.
Son infracciones a esta Ley y a sus reglamentos, los actos u omisiones del patrón o sujeto obligado que se enumeran a continuación:
I. No registrarse ante el Instituto, o hacerlo fuera del plazo establecido en la Ley;
II. No inscribir a sus trabajadores ante el Instituto o hacerlo en forma extemporánea;
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27/Abr/20 20:08
Re: ALTAS IMSS EXTEMPORANEAS
Si el cumplimiento de la obligacion se realiza sin mediar requerimiento. No proceden las multas. CFF establece claramente que no proceden las multas en cumplimientos espontaneos.
Por esta razon en caso de no cumplir oportunamente, en tiempo y forma, pues al menos con espontaneidad. Asi se evitan las multas.
Llegado el requerimiento, no le eximen tener que cumplir, pero ahora tambien va la multa de por medio.
Lea el 73 CFF
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