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09/Sep/20 14:14
Ajuste al subsidio al empleo causado a trabajadores de ing superiores a la tabla de subsidio

Buenas tardes, entiendo que el ajuste al subsidio del empleo causado en la ultima nomina del mes, es solo para trabajadores que no superan los ingresos según la tabla del subsidio ¿ es correcto?
si un trabajador en las 3 de 4 nominas del mes ( nomina semanal) se le estuvo pagando subsidio en la 4° nomina se le hará el calculo del ajuste.

En el caso que la mayoría de las nominas pagadas no se genera un subsidio pagado , el ajuste no se realizaria, la mayoria si no es que todos generan un ISR a retener.


Gracias
 
&CH
 
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anaili
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09/Sep/20 14:55
Re: Ajuste al subsidio al empleo causado a trabajadores de ing superiores a la tabla de subsidio

El objetivo del SAT es que se detalle en el CFDI de nómina lo concerniente al Subsidio para empleo, tanto el causado como el efectivamente entregado e inclusive si se trata de cero, así como también, que dicho Subsidio no se otorgue en cantidades mayores a lo que corresponde.
 
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CP_PACO
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09/Sep/20 18:00
Re: Ajuste al subsidio al empleo causado a trabajadores de ing superiores a la tabla de subsidio

El detalle que ajustaron en el timbrado de nomina la versión 2.1 que se aprobó en diciembre pasado y que ya opera desde este año 2020 de manera obligatoria.

Ajustaron a que el subsidio pueda ser proporcional. Existen absentismos, o se paga por 4 días, semana, quincena, etc. Pues no tengas un subsidio mensual en estos periodo

De este modo no sale un subsidio a empleo DESPRORCIONADO. Cabezón.

El principio de proporcionalidad viene traduciéndose o dándose a través de pintor Leonardo Da Vince. Si vemos sus pinturas son casi perfectas, Este pintor pinta los monitos con congruencia, sus manos, brazos, cabezas, Es decir, a modo PROPORCIONAL. No tiene manotototas, cabezototas, ni cabecitas mas pequeñas. Es decir, va con un tamaño congruente al que correspondería en la realidad.

Este principio lo da a conocer Lucas Paccioli, es que les gustaba de gustar, tragos y tragos en el viñedo donde era contador el Fray... Y este lo paso a la contabilidad. Ya se usa este principio en muchas partes. En la musica, arquitectura, la medicina, el derecho penal, en los impuestos

Nuestra constitución señala que los mexicanos deben contribuir al gasto publico de manera PROPORCIONAL (Acorde a su capacidad tributaria ---- ingresos y gastos ---- a una posibilidad monetaria que le correspondería pagar Y EQUITATIVA (quiere decir que todos pagaran, conforme a sus circunstancias que la ley señala)

El caso que el subsidio al empleo nace para darles un poco de dinero a los mas necesitados quienes ganan menos de 4 veces el salario mínimo, entre menos ganes mas te tocaría. Superando X monto de ingresos pues dejaría de obtener este subsidio y ya te corresponde pagar tributo.

Pero a veces resulta que si percibes muy poco, pero digamos que el subsidio es para todo aquel asalariado. Si ya no laborado, porque debe retribuirse subsidio.

Esos días que no laboras, el calculo haría salir un MONOTE mas grande de subsidio. DE MANERA DESPROPROCIONADA. La idea es que sea un monto congruente.
Es decir, patrón págale a tu trabajador SUBSIDIOS AL EMPLEO que sean PROPORCIONALES, que si correspondan a los periodos laborados y no todo el subsidio completo de una tabla de 30.4 días del mes. PROPORCIONALIZA los cálculos y reparte ese subsidio según como corresponda.
 
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ers9727
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