03/Dic/20 20:18
Re: Cancelacion CFDI
Hola buenas noches:
En Noviembre se facturó un CFDI por dos depósitos realizados en Noviembre.
Entregaría el CFDI que ya facturó, por qué entregarle otro nuevo.
Ahora, en Diciembre, nos piden CFDI por depósito.
Cuál es la razón por la que solicitan otro.
Si el cliente está amachado, pues cancelarla y re-facturarse. Nomás hay tener presente lo del complemento de pago, cómo operar su tratamiento que mas adelante lo explico.
1.- Tengo que hacer CFDI por depósito? Debo cancelar?
Si no investiga porque quieren otro, seria muy difícil adivinar lo procedente.
2.- Si cancelo, puede ser por su sustitución y poner como referencia en los dos nuevos CFDI , el CFDI de Noviembre? Me refiero a que en dos CFDI diferentes pueden venir relacionado el mismo CFDI.
En efecto si es posible lo antes señalado.
Pero la ventaja de facturas como PUE, indicando el metodo pago correcto, ya no tiene porque emitir un complemento de pago. Solo debe vigilar expedicion al menos el mismo dia del pago o que este sea posterior, hacer bien el cfdi y que se liquiden en UNA SOLA EXHIBICION, con el metodo de pago expresado en el CFDI como se ha realizado la cobranza. No importa si la cobranza es dentro del mes, dos meses después o incluso varios años mas adelante.
Ahora si cancela la factura El cobro o pago viene antes de la facturación, es necesario además de cfdi de la factura otros cfdi por el complemento de pago
Los complementos de pago se hacen por las siguientes razones:
1.- Para las facturas PDP, 1 complemento para cada pago parcial
2.- Para las facturas PUE, que no se pagan en UNA SOLA EXHIBICION, La hubieran hecho PDP
3.- Para las que no se define el método de pago, se le indica POR DEFINIR o en cuyo caso se puso un método de pago distinto a la realidad de la cobranza.
4.- cuando liquidamos en 1 pago varias facturas PUE o PDP
5.- cuando el método de pago no surtió efectos la extincion de obligaciones por uno de los bancarizados. Es decir, condonación, permuta, compensación, dación en pago,
Podemos evitar realizar complementos de pago, si se realizan CFDI de manera anticipada con los datos correctos y que sean PUE, donde los clientes no las liquiden en una sola exhibición.
Las comprobantes PUE tiene la gracia de no tener que realizar los complementos de pago, el estado de cuenta será el completo de pago idóneo, no es posible hacer el match. Se ocuparía los complementos de pago por 2 razones:
1.- Para poder ofrecer los efectos fiscales de la deducibilidad y el acreditamiento, ya ahora si la factura vale. Antes solo era un vil documento (posiblemente apócrifo)
2.- Para poder adquirir los efectos de acumulación con certeza
Si todas las facturas y/o cobros les sacan complementos de pago, no sucede nada. es mas trabajo, pero pudiéramos ahórranos trabajo si hacemos bien las facturas PUE.
El documento PUE con pago en efectivo, no ocupa complemento de pago, como corresponde a ser menor a 2 mil pesos antes de IVA, la autoridad no observara si prevalece su complemento de pago, de hecho como se haría deducible una erogación mayor a 2 mil pesos
Editado: Diciembre 03, 2020 20:24:04
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