07/Ene/21 14:13
Bono de puntualidad en Salario mínimo
Buen día compañeros, podrían ayudarme con la siguiente inquietud:
Si tenemos un empleado de salario mínimo al cual como patrón no estamos obligados a retenerle ISR de acuerdo al Art. 96 LISR y ese empleado se gana el bono de puntualidad semanal (el cual es del 10% del salario), ¿se le grava con ISR el importe del bono o por ser su sueldo base el salario mínimo el bono sería exento?
(Cabe mencionar que se tienen los respaldos documentales de que efectivamente son bonos ganados en base a su puntualidad, no son otorgados de forma general).
Les agradezco de antemano su ayuda. ¡Saludos!