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18/Mar/21 17:37
outsorcing de mexico al extranjero

Hola, tengo duda sobre si la prestación de servicios de personal hacia el extranjero son gravados de IVA o si se puede considerar exportación, esto es en México se contrata personal para desarrollar funciones especializadas desde México, cuyo beneficio es para un extranjero sin establecimiento permanente en México. Me llama la atención que el art´. 14 de la Ley del IVA considera prestación de servicios independientes las obligaciones de hacer, sin embargo también señala:
'Se entenderá que la prestación de servicios independientes tiene la característica de personal, cuando se trate de las actividades señaladas en este artículo que no tengan la naturaleza de actividad empresarial'

Agradezco de antemano sus comentarios
 
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lcazarin
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18/Mar/21 18:17
Re: outsorcing de mexico al extranjero

Con fundamento en el Art. 16 de la LIVA, se entiende que se presta el servicio en territorio nacional cuando en el mismo se lleva a cabo, total o parcialmente, por un residente en el país.

El servicio se presta directamente en México por lo cual aplicaría la tasa general del 16%
 
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CP_PACO
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