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04/May/21 12:19
Muerte de PF (Arrendamiento)

Buenas tardes,

Quisiera por favor me puedan orientar con lo siguiente:

Tengo a una persona física con el régimen de arrendamiento, en enero de este año 2021 falleció.

Se encontraba al día con sus obligaciones del 2020, lo único pendiente es la propia declaración anual.

sin embargo, quien funge como su albacea, no presentó el aviso respectivo en el plazo que se señala.

Por consiguiente, ya tiene los meses de Enero a Marzo del 2021, atrasado.

Cabe mencionar que en la declaración anual 2020, le está dando como resultado saldo a favor pero las cuentas bancarias ya fueron canceladas.

Mi dudas son:
¿Qué hacer primero?
¿Presentar las declaraciones periódicas para dejarlo al día?
¿Presentar el aviso de apertura de succión después de dejarlo al día?
¿Presentar anual 2020 sin presentar el aviso de apertura de sucesión o es mejor presentar el aviso antes de presentar la anual?
¿Se puede recuperar el saldo mediante FED incorporando la clabe interbancaria del Albacea? (supongo que en este punto, ya debo tener el aviso presentado?

Mas que nada, quisiera saber por favor sus opiniones sobre ¿qué orden seguir?

Muchas gracias
 
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Martinrb
Soldado

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01/Ene/22 16:15
Re: Muerte de PF (Arrendamiento)

Se tiene que poner todo al día primero.
 
Lo importante no es saber, sino tener el teléfono del que sabe.
 
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Cheque
General de Brigada

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02/Ene/22 09:48
Re: Muerte de PF (Arrendamiento)

Para estos tiempos ya debió de haberse dado solución
 
'Quienes se creen extremadamente inteligentes son tontos con complejos reprimidos'. Claudia Cardinale
 
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CP_PACO
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