Se entedería que la compañía aseguradora te emitiría una Nota de Crédito por la devolución y como tal no acumularía. En caso de una indemnización por algún riesgo, dichas cantidades se considerarían acumulables para el ISR.
'Quienes se creen extremadamente inteligentes son tontos con complejos reprimidos'. Claudia Cardinale