Buena noche Icadena: No entiendo del todo bien tu pregunta respecto al límite, de estar todo en orden con el debido soporte documental (contrato y CFDI) no debes de tener mayor inconveniente, solo para temas del arrendador, es la acumulación para efectos de ISR y el IVA x Pagar.
'Quienes se creen extremadamente inteligentes son tontos con complejos reprimidos'. Claudia Cardinale