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Re: PROCEDEN REQUERIMIENTOS SAT NO NOTIFICADAS
1.- Prepara un escrito libre conforme al CFF articulos 18 y 18-A, prepara los sustentos, adjuntaras declaracion pagada y su comprobacion, anexaras la multa notificada y que el escrito lo firme el rep legal RECOMIENDO solicitar en el escrito las razones por las cuales deseas que se cancele ESTAS MULTAS y que esperas recibir resolucion al respecto
2.- Entras a MI PORTAL, dentro del sitio web SAT, donde realizaran un PROCEDIMIENTO DE ACLARACIONES. Escoge la opcion de CANCELACION DE MULTAS. Explicas brevemente los asuntos
3.- Tendras la oportunidad de adjuntar archivos pdf, ve subiendo 1 x1 cada archivo escaneado del punto 1
4.- Al termino del tramite recupera tu acuse por este tramite de aclaraciones. No sabes el procedimiento o tienes duda, consulta el portal en youtube algun tutorial de como desarrollar un procedimiento de SOLICITUD DE ACLARACIONES
5.- En este mismo sitio te constestaran la resolucion del tramite. Es probable que tambien te señale por BUZON TRIBUTARIO en el area de NOTIFICACIONES emitan una resolucion, entonces esta es la que tendria validez y la que en caso pudieras IMPUGNAR en caso de no ser farable.
6.- De ser favorable, pues ya termino el tramite.
7.- Consigues la resolucion NEGATIVA, AHORA PRODERIA IMPUGNARSE. Hay 2 via, uno hacer un procedimiento de recurso de revocacion y el otro ir a juicio administrativo y fiscal ante un tribunal. Ambos procedimientos recomendaria hacerse a traves de abogado, en especial el segundo.
8.- La revocacion tambien es por internet pero el escrito libre debe realizarse de manera mas pulcra, mayor escrutinio profesional, adjuntar todo los puntos 1 y 2, pero ademas se entrega con una FIEL. Aqui ya interviene JURIDICO quien pudiera darles la razon, y ordenara a RECAUDACION se pongan las pilas y den tramite como corresponde. Si juridico no les da la razon, pues entonces a Juicio Administrativo. Todavia un recurso de revocacion quizas sin abogado resulte, pero la persona que prepare el escrito debe ser contar con experiencia. Sinceramente si no se pudo a traves de aclaraciones, dudo que la persona que lo intento, tenga exito con la revocacion, por eso la recomendacion del abogado.
9.- el juicio administrativo, pues ahi si no hay de otra a fuercita, el abogado pues ya se trata de litigio y ahi si solo ellos saben de procedimientos procesales en los tribunales.
Disfruta todo lo que realices en esta vida y hazlo con responsabilidad