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24/Ene/22 17:15
Deduccion sueldos exentos 1er ejercicio?

Buenas tardes.

En el caso de una empresa, que su primer ejercicio pagando sueldos fue en 2021 ¿cuál es el % no deducible de los importes exentos de sueldos pagados, el 53% o el 47%?

Ya que no encuentro donde se aclare esta situación.

Saludos y gracias por sus comentarios.
 
 
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neonato
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24/Ene/22 17:50
Re: Deduccion sueldos exentos 1er ejercicio?

De acuerdo al Articulo 28, fracción XXX de la Ley del ISR, en el primer año es del 47% el monto deducible, y es a partir del segundo ejercicio que podrían ser deducible el 53% o el 47%, según proceda y de acuerdo al procedimiento de al regla Regla 3.3.1.29 de la RMF.
 
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CPOCTAVIO
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24/Ene/22 19:40
Re: Deduccion sueldos exentos 1er ejercicio?

Como tal la LISR no contempla específicamente el punto pero tomando como base lo que menciona el Art. 28 Frac. XXX de la LISR de efectuar el comparativo contra el ejercicio inmediato anterior y, al ser tu primer ejercicio, se interpreta que no hay disminución de prestaciones y como tal se aplica el factor de 0.47
 
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CP_PACO
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25/Ene/22 15:10
Re: Deduccion sueldos exentos 1er ejercicio?

Gracias por sus respuestas, me queda claro el % a utilizar.

Por otro lado, al final del ejercicio, qué cuentas de orden utilizan para registrar estos conceptos de no deducibles por cuestion de la parte exenta de sueldos?

Finalmente ¿lo disminuyen de la UFIN?
 
 
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neonato
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