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04/Nov/22 13:10
DEFINICION LEGAL DEL CONCEPTO MANIOBRAS

Buenas tardes Colegas

En relación al Art.29 fracción V de la Ley del Impuesto al Valor Agregado en la cual menciona: La transportación internacional de bienes prestada por un residente en el país, siempre que se presten en MANIOBRAS para la exportación de mercancías.

Aquí mi interpretación es, que no forzosamente tienes que cumplir en llevar el bien hasta el extranjero, es decir con que formes parte del proceso (maniobras) desde TN hasta frontera y ahí se contrate un transfer para el cruce ya puedes optar por facturar este servicio a tasa 0% de IVA.

Como interpretan este párrafo ustedes? SIEMPRE QUE SE PRESTEN EN MANIOBRAS PARA LA EXPORTACIÓN DE MERCANCÍAS.,

Y de casualidad cuentan con el fundamento legal del concepto MANIOBRAS_?
 
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pgangel
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06/Nov/22 19:25
Re: DEFINICION LEGAL DEL CONCEPTO MANIOBRAS

Espero te pueda servir...

https://diccionario.leyderecho.org/area-de-maniobras/
 
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CP_PACO
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06/Nov/22 21:39
Re: DEFINICION LEGAL DEL CONCEPTO MANIOBRAS

En maniobras para la exportación, creo que se refiere a los servicios portuarios.

Por su parte el art. 60 RLIVA dispone que el servicio transportación internacional debe iniciar en territorio nacional y concluir en el extranjero.

Saludos!
 
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legalgdl
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10/Nov/22 08:15
Re: DEFINICION LEGAL DEL CONCEPTO MANIOBRAS

algún comentario pgangel?
 
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CP_PACO
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14/Nov/22 11:59
Re: DEFINICION LEGAL DEL CONCEPTO MANIOBRAS

Gracias mi estimado PACO por la definición, pero se enfoca mas en un área de puertos pesqueros o comerciales. Lo que busco es definir solo el concepto de maniobras para poderlo utilizar como fundamento y gravar estos servicios a tasa 0% de IVA.

Legalgdl, el reglamento en su Art.60 si menciona que para que el servicio pueda ser internacional deberá iniciar en TN y concluir en el extranjero, pero no solo dice servicio internacional, si no que hace una especificación que para mi en este apartado es importante, menciona servicio internacional de BIENES es decir, con que la mercancía cruce y concluya en el extranjero ya sea con tus propios medios o contrates el servicio de transfer los dos servicios deberán ser gravados a la tasa 0% de IVA.
 
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pgangel
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17/Nov/22 11:24
Re: DEFINICION LEGAL DEL CONCEPTO MANIOBRAS

Entiendo Ángel y de inicio es la información que se ha logrado encontrar
 
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CP_PACO
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