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23/Ene/23 15:12
Re: GASTOS FUNERARIOS PERSONA MORAL
Hola MARILULEA
Me gustaría saber, tu que opinas de tu caso
por qué considerarías a tu gasto funerario como deducible o no deducible?
por qué se decidió cubrir el gasto funerario?
hablas de un colaborador, es un empleado o es un accionista?
este gasto lo considerarías previsión social?
respecto a esta última pregunta, toma en cuenta algo fundamental que no debemos olvidar, la previsión social no se terceriza
Art 7 LISR
............. En ningún caso se considerará previsión social a las erogaciones efectuadas a favor de personas que no tengan el carácter de trabajadores o de socios o miembros de sociedades cooperativas.
...............
Me gusta aportar a la comunidad, pero tu debes hacer tu parte, también con las preguntas, se deben aportar argumentos fiscales,