06/Abr/23 10:26
SE PUEDE CANCELAR UNA FACTURA DE 2022 EN 2023
Buenos días,
Tengo un cliente (persona moral) que le adeuda un monto considerable a la empresa para la cual laboro que también es persona moral, su saldo está integrado por facturas del año 2022 y para poder abonar algo a la cuenta nos solicita que cancelemos dichas facturas emitidas en 2022 y elaboremos las nuevas en 2023. Entiendo que no puedo cancelar con base al siguiente fundamente legal.
Artículos Cuarto, Octavo y Noveno Transitorios RMF para 2023
Cancelaciones CFDI
La cancelación de los CFDI se podrá efectuar en el ejercicio en el que se expidan o a más tardar en el mes en el cual se debe presentar la declaración anual del Impuesto Sobre la Renta correspondiente al ejercicio fiscal en el cual se expidió el comprobante y siempre que la persona a favor de quien se expida acepte la cancelación. En este sentido, el plazo máximo para cancelar los CFDI expedidos en el ejercicio 2022 para las personas morales (emisores) será el 31 de marzo de 2023 y para personas físicas (emisores) el 30 de abril de 2023.
Analizando, quisiera consultar si alguien ha tenido este contratiempo y que solución podría haber, había pensado en generar nota de crédito pero dicho documento no cancela, solo es en caso de rebaja, descuento o bonificación. Por favor si alguien pudiera orientarme por donde podría buscar la solución.
De antemano agradezco sus comentarios y bonito día.