En el 2022 estaba esta facilidad... cuestión de buscar la correspondiente al 2023
3.13.19. Las personas físicas y morales que tributen conforme a la Sección IV, Capítulo II del Título IV y Capítulo XII, Título VII de la Ley del ISR, quedarán relevados de cumplir con las siguientes obligaciones:
I. Enviar la contabilidad electrónica e ingresar de forma mensual su información contable en términos de lo señalado en el artículo 28, fracción IV del CFF.
II. Presentar la DIOT a que se refiere el artículo 32, fracción VIII de la Ley del IVA.
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15/May/23 11:52
Re: RESICO PF, DECL PROVEEDORES DE IVA
Gracias, CP_PACO,
Ya la encontré, para 2023.
3.13.17. Las personas físicas y morales que tributen conforme a la Sección IV, Capítulo II del Título IV y Capítulo XII, Título VII de la Ley del ISR, quedarán relevados de cumplir con las siguientes obligaciones:
I. Enviar la contabilidad electrónica e ingresar de forma mensual su información contable en términos de lo señalado en el artículo 28, fracción IV del CFF.
II. Presentar la DIOT a que se refiere el artículo 32, fracción VIII de la Ley del IVA.