Comunicaciones entre abogado y cliente en procedimiento de competencia económica

No deben considerarse las obtenidas de verificación, salvo que haya indicios que puedan implicar al profesionista como copartícipe de un ilícito.

De la Constitución, así como del Código Federal de Procedimientos Civiles, se advierte como una medida de tutela de los derechos fundamentales a la intimidad, a la privacidad de las comunicaciones y de defensa, la secrecía profesional de la información y los documentos correspondientes a las comunicaciones cursadas entre un abogado independiente y su cliente con motivo de su defensa en un procedimiento seguido por las autoridades de competencia económica.

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