Deducción prevista en el artículo 225 de la LISR

La adquisición de terreno con reserva de dominio permite deducir el costo en el ejercicio. (Legislación de 2008).

El artículo 225 de la Ley del ISR dispone que los contribuyentes que se dediquen al giro que ese precepto prevé podrán optar por deducir el costo de adquisición de los terrenos en el ejercicio.

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