Deducciones por honorarios pagados a los accionistas de las empresas

El artículo 31 de la LISR (2008) no resulta aplicable para rechazarlas.

De conformidad con el artículo en cita, para que proceda la deducción de honorarios o gratificaciones a administradores, comisarios, directores, etc., estos deben determinarse en cuanto a monto total y percepción mensual o por asistencia, afectando en la misma forma los resultados del contribuyente, y que el importe anual establecido para cada persona no sea superior al sueldo anual devengado por el funcionario de mayor jerarquía de la sociedad.

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