Buzón tributario. Las reglas de un solo medio para recibir avisos del SAT

Incumplen la obligación contenida en el Artículo 17-K del CFF.

Del artículo 17-K, último párrafo, del CFF, se advierte que las personas físicas y morales que tengan asignado un buzón tributario, deberán consultarlo dentro de los tres días siguientes a aquel en que reciban un aviso electrónico enviado por el SAT, mediante los mecanismos de comunicación que el contribuyente elija, de entre aquellos que se den a conocer mediante las reglas de carácter general, esto es, que contará con los medios o mecanismos de comunicación, en su concepción plural.

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