No procede sanción por desatención de requerimiento en cumplimiento espontáneo

Recomendación 02/2017 de la PRODECON.

En días pasados la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (PRODECON) dio a conocer en su página de internet la Recomendación 02/2017 de fecha 27 de enero de 2017, la cual versa sobre la indebida aplicación de multas por la omisión de atender el requerimiento de obligaciones consistente en la presentación de declaraciones de ISR del Régimen de Incorporación Fiscal (RIF) ante algún centro de servicios fiscales, existiendo cumplimiento espontáneo.

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