- Fiscal
- agosto 03, 2017
IESPS. Aun cuando se causa cuando se cobra efectivamente
Su cálculo debe ser mensual y sobre todos los valores percibidos.
De conformidad con la Ley del IESPS, el impuesto se calculará mensualmente y se pagará a más tardar el día diecisiete del mes siguiente a aquel al que corresponda el pago.