Deducción de vehículos tipo Pick-Up

Revisión al criterio para deducir estas inversiones.

La fracción II del Artículo 36 de la Ley del Impuesto sobre la Renta (ISR) establece que las inversiones en automóviles sólo serán deducibles hasta por un monto de $175,000 (250,000 para autos eléctricos o de hidrógeno). Estas inversiones se llevan a cabo vía depreciación aplicando la tasa máxima de depreciación establecida en el Artículo 34.

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