- Fiscal
- agosto 31, 2017
Problema en el CFDI de servicios personales
Esquema de comprobación de pagos parciales no es aplicable a estos contribuyentes.
Tratándose de contribuyentes que presten servicios personales, cada pago que perciban por la prestación de servicios se considerará como una sola exhibición y no como una parcialidad. Esto es lo que señala el Artículo 29-A, fracción VII, inciso a), último párrafo del Código Fiscal de la Federación (CFF).