Impuesto cedular sobre los ingresos de las PF por enajenación de inmuebles

La remisión a la LISR prevista en la Ley de Hacienda de Yucatán, atiende a las características establecidas en la Ley del IVA.

La Ley General de Hacienda del Estado de Yucatán establece que, para la determinación de la base restando de los ingresos por enajenación de bienes inmuebles las deducciones a que se refiere el artículo 121 de la Ley del ISR, se atenderá a lo establecido en la sección I del capítulo IV del título IV de ésta y a sus disposiciones reglamentarias.

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