- Fiscal
- julio 20, 2018
Notificación mediante correo electrónico
Debe existir constancia fehaciente que demuestre su recepción.
En términos del artículo 35 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, la notificación de la resolución definitiva puede realizarse válidamente mediante telefax, medios de comunicación electrónica o cualquier otro medio.