- Fiscal
- agosto 07, 2018
Poder general para pleitos y cobranzas otorgado en el extranjero
Es idóneo para acreditar las facultades de representación, aun cuando se haya protocolizado después de la presentación de la demanda de nulidad.
Los artículos 13 y 14 del Código Civil Federal, así como 86 bis del Código Federal de Procedimientos Civiles prevén: