- Fiscal
- septiembre 07, 2018
Carga de la prueba en el juicio contencioso administrativo federal
Corresponde al actor, si la autoridad demandada niega la existencia de los créditos fiscales impugnados.
Si en el juicio contencioso administrativo federal la autoridad demandada, al contestar la demanda, niega la existencia de los créditos fiscales impugnados, ello no envuelve la afirmación de un hecho que actualice la hipótesis prevista en el artículo 82, fracción I, del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria a la materia, para que ésta demuestre lo que manifestó, al tratarse de una negación.