- Fiscal
- noviembre 07, 2018
Gastos preoperativos. Para efectos del artículo 38 de la LISR
Lo constituyen los efectuados en el periodo de investigación y desarrollo de una tecnología que dio origen a un bien intangible (software).
El último párrafo del artículo 38 de la Ley del ISR vigente en 2011, establece que son erogaciones realizadas en periodos preoperativos, aquellas que tienen por objeto la investigación y el desarrollo, relacionados con el diseño, elaboración, mejoramiento, empaque o distribución de un producto, así como con la prestación de un servicio, siempre que las erogaciones se efectúen antes de que el contribuyente enajene sus productos o preste sus servicios en forma constante.