- Fiscal
- enero 31, 2006
Amparos contra cambios en la Ley del ISR: Rechazados
El senado sí puede hacer modificaciones a las leyes aprobadas por los diputados.
Nueve amparos presentados en contra de la aprobación de diversos artículos de la Ley del Impuesto sobre la Renta fueron negados por la Suprema Corte, los cuales argumentaban que la Cámara de Diputados es la única reconocida constitucionalmente para elaborar y aprobar leyes tributarias, según lo establecido en el artículo 72 constitucional, y que las variantes o modificaciones introducidas por los Senadores violaban el proceso legislativo y, por ende, las disposiciones aludidas eran inconstitucionales.
Con estos antecedentes, se determinó que aún cuando los diputados tienen que conocer primero las iniciativas legales en materia fiscal, los senadores tienen derecho a introducir variantes o modificaciones al texto aprobado por la Cámara de Origen, dejando claro que los senadores no tienen facultades para introducir nuevos impuestos.
Se aclaró que los Diputados representan a los ciudadanos, mientas que los senadores deben velar por los intereses de sus estados de origen. Por esta razón, los diputados son quienes velan por los asuntos relacionados con impuestos, leyes fiscales y leyes penales que se relacionan directamente con la ciudadanía. Bajo este marco, se negaron los amparos solicitados por diversas instituciones y empresas en contra de diversos artículos del ISR.