Comisiones bancarias

Gasto estrictamente indispensable para los fines de la actividad del contribuyente.

De los artículos 25 y 27, fracción I de la Ley del ISR vigente, se desprenden los requisitos que las deducciones deberán reunir, observándose entre otros, el de ser estrictamente indispensables para los fines de la actividad del contribuyente.

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