Fecha límite para avisos anti-lavado ¿se recorre a día hábil siguiente?

Análisis sobre la aplicación de la extensión de plazos.

De acuerdo con el Artículo 23 de la Ley: “Quienes realicen Actividades Vulnerables … presentarán ante la Secretaría los Avisos correspondientes, a más tardar el día 17 del mes inmediato siguiente, según corresponda a aquel en que se hubiera llevado a cabo la operación que le diera origen y que sea objeto de Aviso”.

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