Podría SAT aclarar procedimiento en disminución de pagos provisionales de ISR

Existe falta de certidumbre en cuanto al procedimiento para pago de diferencias.

De acuerdo con lo establecido en la Ley del ISR en su Artículo 14, las personas morales tienen la posibilidad de solicitar autorización para disminuir el monto de los pagos provisionales que corresponden al segundo semestre del año. La autorización conlleva la obligación de hacer un recálculo al concluir el año y, en su caso, al pago de recargos.

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