- Fiscal
- diciembre 31, 2019
Interés jurídico del contribuyente
Existe si la autoridad deja sin efectos el crédito controvertido vía recurso de revocación, pero ordena que se emita una nueva resolución.
Si en la fase oficiosa administrativa la autoridad deja sin efectos un crédito fiscal, pero ordena la emisión de una nueva resolución en la que se convaliden las violaciones que la llevaron a revocar el acto combatido, se continúa afectando la esfera jurídica del particular, al no satisfacerse su pretensión, toda vez, que lo que el contribuyente pretende al controvertir el crédito fiscal, es que el mismo se deje sin efectos de forma lisa y llana.