Tope de pensión para trabajadores en régimen transitorio

El Régimen de 1973 implica un salario tope de 10 SMG.

Para cuantificar el monto de la pensión de vejez tratándose de asegurados que se ubican en el régimen transitorio y que se acogieron al esquema de pensiones de la derogada Ley del Seguro Social vigente hasta el 30 de junio de 1997, resultan aplicables el tope máximo de diez veces el salario mínimo.

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