No retuve el 6% de IVA ¿Aún puedo deducir el gasto?

Análisis de las disposiciones que regulan el requisito de retener el impuesto.

En la nota “Cómo se interpreta el nuevo criterio del SAT sobre la retención de 6% de IVA” publicada por Fiscalia el 4 de febrero de 2020 se concluye que la aplicación del nuevo supuesto de retención del Impuesto al Valor Agregado (IVA) a una tasa del 6% no aplica a todos los servicios, sino que aplica únicamente a los servicios en que se pone personal a disposición del cliente.

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