Fundamentación de resolución impugnada no puede mejorarse en contestación

En el Juicio Contencioso Administrativo.

La autoridad no puede jurídicamente mejorar la fundamentación y motivación que consta en el acto impugnado, pues el Artículo 22 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, establece que en la contestación de la demanda de nulidad no podrán cambiarse los fundamentos de derecho de la resolución impugnada.

Acceso libre expirado

¡Lo sentimos! El período de acceso libre a la lectura de esta publicación ha terminado. Te invitamos a que te suscribas a Fiscalia y no te quedes sin acceso a esta útil información.