- Fiscal
- abril 01, 2020
Hospedaje en plataformas digitales es hospedaje: PRODECON
Diferencia entre contrato de arrendamiento y de hospedaje.
A través de un criterio dado a conocer a través de la página de Internet de la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (PRODECON), se expresa que los servicios de hospedaje ofrecidos a través de plataformas digitales no son considerados arrendamiento. El criterio se reproduce a continuación.