Cancelación de CSD. Subsane ante suspensión definitiva del PAE

Criterio sustantivo de la PRODECON.

Las autoridades fiscales pueden dejar sin efectos el certificado de sello digital (CSD) si durante el procedimiento administrativo de ejecución (PAE) no localizan al contribuyente o este desaparece, lo que a primera vista implica que para desvirtuar dicho supuesto es necesario que la autoridad recaudadora realice una nueva gestión de cobro en la que el contribuyente sea localizado.

Acceso libre expirado

¡Lo sentimos! El período de acceso libre a la lectura de esta publicación ha terminado. Te invitamos a que te suscribas a Fiscalia y no te quedes sin acceso a esta útil información.