- Fiscal
- abril 29, 2020
Extensión de plazo a los bancos para cumplir con datos biométricos de clientes
Obligación de bancos de asumir riesgos hasta en tanto no recaben huellas digitales.
En términos de lo establecido en las Disposiciones de carácter general aplicables a Instituciones de Crédito, las instituciones de crédito están obligadas a verificar la identidad de sus clientes, entre otros medios, a través de la captura de huellas dactilares de sus clientes, a fin de que estas puedan ser consideradas como datos biométricos.