- Fiscal
- mayo 29, 2020
Retención del 6% de IVA en arrendamiento de equipo
Análisis de criterio del SAT sobre retención de IVA por servicios de personal.
Como es sabido, la modificación en la fracción IV del artículo 1-A de la Ley del Impuesto al Valor Agregado (IVA) requiere que las personas que morales y físicas con actividades empresariales deben realizar la retención del 6% del IVA, cuando reciban servicios a través de los cuales se ponga personal a disposición del contratante. No obstante, surge la duda de qué pasa cuando por motivo de un contrato de arrendamiento el arrendador envía personal para dar mantenimiento al equipo puesto a disposición de este.