- Fiscal
- junio 04, 2020
PM que no han presentado declaración anual ya son sujetas de cancelación de CSD
A dos meses del vencimiento de la declaración se ubican en el supuesto jurídico.
La adición del Artículo 17-H Bis para 2020 al Código Fiscal de la Federación (CFF) incluye como un supuesto de 'suspensión temporal del sello digital' (que se utiliza para emitir facturas), el omitir la presentación de la declaración anual transcurrido un mes posterior a la fecha límite: