Solicitud de devolución en RIF ¿Necesario habilitar Buzón Tributario?

Precisa SAT postura para la realización de estos trámites.

De conformidad con el Artículo 17-K del Código Fiscal de la Federación, las personas físicas y morales inscritas en el Registro Federal de Contribuyentes tendrán asignado un Buzón Tributario, consistente en un sistema de comunicación electrónico ubicado en la página de Internet del Servicio de Administración Tributaria.

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