- Fiscal
- julio 31, 2020
Forma de calcular los intereses
Cuando no media solicitud y su procedencia se origina con motivo de una sentencia emitida por este tribunal.
El artículo 22-A del CFF establece la obligación de las autoridades fiscales de pagar intereses a los particulares derivados de una devolución de un pago de lo indebido, y dispone que dichos intereses deberán calcularse a partir de que se interpuso el recurso administrativo o, en su caso, la demanda del juicio respectivo, por los pagos efectuados con anterioridad a dichos supuestos.