- Fiscal
- agosto 20, 2020
Informativa de plataformas tecnológicas ¿Sólo datos de personas físicas?
Contradicción entre la obligación de ley y lo que establece el formato de declaración.
Las plataformas digitales que operen como intermediarias en actividades realizadas por terceros tienen, entre otras obligaciones, la de proporcionar al Servicio de Administración Tributaria (SAT) la información que se lista a continuación de sus clientes enajenantes de bienes, prestadores de servicios u otorgantes del uso o goce temporal de bienes, en cuyas operaciones hayan actuado como intermediarios, aun cuando no hayan efectuado el cobro de la contraprestación y el impuesto al valor agregado correspondiente: