- Fiscal
- septiembre 04, 2020
Facultades de comprobación en el régimen de consolidación fiscal
Es ilegal el oficio de solicitud de datos que se funde en el Artículo Sexto Transitorio, Fracción I, del RI del SAT.
El Artículo Sexto Transitorio, fracción I del Reglamento Interior del SAT, prevé que las atribuciones señaladas en los artículos 28 y 29 de dicho Reglamento, se ejercerán respecto de las sociedades mercantiles controladas y controladoras que contaban con la autorización para determinar su resultado fiscal consolidado (conforme al Título II, Capítulo VI de la LISR vigente al 31 de diciembre de 2013), atribuciones que se ejercerían hasta el ejercicio inmediato posterior a aquel en que ninguna de las sociedades controladas hubiere consignado en su última declaración normal del ejercicio ingresos acumulables superiores a un monto equivalente a 1,250 millones de pesos.